PREGUNTAS FRECUENTES
Sobre GestionaDocs®
Podrás subir cualquier tipo de archivo al gestor documental. El sistema de firma electrónica admite para firmar documentos tipo docs. PDF y JPG.
Actualmente el sistema de firma es compatible con los iPad a partir de 6ª generación (con iOs 11 o superior) y con tabletas Android con sistema Jelly Bean, v16, 4.1.x o superior.
GestionaDocs lleva incorporados como plantillas aplicables a todos los pacientes, las cláusulas de protección de datos y los formularios para el ejercicio de los derechos establecidos en el RGPD. También incorpora acuerdos de confidencialidad y secreto para los empleados y facultativos, así como los documentos informativos sobre la LOPD.
Las dos firmas del sistema de GestionaDocs tiene plena validez legal y sirven de medio de prueba en caso de reclamación.
La firma presencial es del tipo “electrónica avanzada” que idéntica al firmante de manera única con sus datos biométricos obtenidos con el lápiz óptico, vincula la firma con un único documento mediante un código de encriptación informático, utiliza un certificado digital de la FNMT que asegura que una vez firmado no pueda ser manipulado e incorpora un sello de tiempo que garantiza que los certificados en el momento de la firma estaban en vigor.
La firma remota se realiza mediante el envió de un correo electrónico encriptado con contraseña a la dirección del paciente y un doble código de autenticación al móvil registrado del paciente.
Sobre el Protocolo de Acoso Sexual
“De acuerdo con el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal, a los efectos de un protocolo, constituye acoso sexual cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo”.
La elaboración de un protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo responde a la necesidad de prevenir, sensibilizar y, en su caso, atajar con todas las garantías posibles, cualquier forma de violencia y discriminación en el ámbito laboral por los motivos mencionados anteriormente, así como de cumplir con la legalidad vigente.
Si, es obligatorio disponer de un protocolo para prevención o actuación ante el acoso sexual y/o por razón de sexo. Esta obligación se recoge en el Artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y en el artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.
La empresa manifiesta su compromiso de tolerancia cero frente a las posibles manifestaciones de acoso sexual que pudiesen ocurrir en cualquiera de las dependencias del establecimiento o en cualquier lugar relacionado con el trabajo, tanto de forma preventiva, como a la hora de gestionar las posibles denuncias que se puedan plantear dentro del mismo.
Afecta a todas las personas que estén vinculadas contractualmente con la empresa, ya sea laboralmente, con contrato mercantil o cualquier otra forma en la que presten los servicios en el establecimiento.
La vigencia se establecerá por acuerdo del personal designado en la empresa, pero se recomienda que sea revisable en un plazo no superior a cuatro años, debiéndose establecer una comisión de seguimiento periódico del protocolo.
El objetivo principal es establecer las medidas necesarias para prevenir y combatir el acoso sexual en el ámbito laboral, gestionar y canalizar las posibles denuncias que ocurran por este tema en el interior de la empresa.
Sí. El protocolo adoptado deberá comunicarse a todos los trabajadores y a las personas que presten servicios en la empresa, a través del correo electrónico, página web, tablón de anuncios, copia física en papel o cualquier otro medio a través del cual se conozca dicho protocolo.
Sobre Protección de Datos
Obtención del consentimiento de los paciente y empleados para el tratamiento de sus datos; Registro de actividades de tratamiento; Análisis de riesgos, Medidas técnica y organizativas implantadas; Contratos de encargo de tratamiento, Designación del DPO y Evaluación de impacto, en caso en caso de obligatoriedad.
La LOPDGDD establece que están obligados a tener un DPO entre otros: Centros sanitarios legalmente obligados al mantenimiento de las historias clínicas de los pacientes, salvo los profesionales de la salud que, aun estando legalmente obligados al mantenimiento de las historias clínicas de los pacientes, ejerzan su actividad a título individual.
La actividad si se considerará a título individual cuando el profesional ejerza su actividad como persona física y sin la colaboración de ningún otro profesional sanitario.
El RGPD establece que el DPO puede ser interno o externo, pero en caso de ser interno no puede pertenecer ni estar bajo el control en sus decisiones de ninguno de los órganos de dirección de la empresa.
Sobre Prevención de Riesgos Laborales
La formación sobre los diferentes puestos de trabajo es obligatoria. La obligación de realizar cursos de formación específica sobre temas concretos del sector que corresponda, la establecen los propios Servicios de Prevención y es obligatoria si así figura en el Plan de Prevención elaborado por el SPA. En cualquier caso, es recomendable tener esos cursos realizados y evitar así sanciones por parte de la Inspección de Trabajo.
Dependerá del sector de actividad. En el caso de clinicas dentales, podología, estética y veterinarias incluidas en el Anexo 1 del Reglamento de los Servicios de Prevención como actividades peligrosas, es obligatorio tener realizados los reconocimientos médicos por existencia de radiaciones ionizantes y riesgos biológicos.
Si tienes alguna duda que no aparezca aquí, no dudes en contactar con nosotros.
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